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MÉRIDA, Yucatán.- Una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó establecer como sanción administrativa trabajos a favor de la comunidad estipulados en la Ley de Prevención de las Adicciones y el Consumo Abusivo de Bebidas Alcohólicas y Tabaco del Estado.
Al informar del caso, el presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política del Congreso del Estado, Víctor Caballero Durán, señaló que la Legislatura local espera la notificación del fallo.
El ordenamiento fue publicado el 8 de junio de 2007 en el Diario Oficial del Gobierno del Estado, y la acción de inconstitucionalidad correspondió a la Procuraduría General de la República (PGR), hace casi 5 años.
Ante ello, la SCJN se determinó que las autoridades del sector salud no podían imponer castigos como son los trabajos a favor de la comunidad ya que son violatorios de la garantía de la libertad de trabajo.
La votación fue de 9 ministros a favor de la inconstitucionalidad, y por ende de la invalidez, en tanto que hubo 2 votos en contra.
Caballero Durán explicó que el Congreso del Estado acatará el mandato de la SCJN.





