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La Corte acordó que ya sólo discutirá en Pleno tres de los 20 amparos pendientes promovidos por militares que tenía contemplados en la lista original para este tema, pues ya existen votaciones suficientes para integrar jurisprudencia obligatoria en casi todos los puntos que provocaron la intervención del máximo tribunal.
Hasta ahora, el Pleno ha dedicado catorce sesiones públicas en las que resolvió 9 expedientes, con una mayoría de ministros en favor de establecer que el artículo 57 del Código de Justicia Militar es inconstitucional, y que los soldados sólo deben ser procesados por tribunales castrenses cuando los delitos que cometan afecten bienes propios de la disciplina o el patrimonio de las Fuerzas Armadas.
Con esto, quedarán excluidos del fuero de guerra todos los delitos que involucren a civiles, ya sea como víctimas o cómplices de los soldados, y también los cometidos por militares que no se refieran estrictamente a asuntos internos, aunque será mediante el desahogo de casos específicos que se irá delimitando este concepto.
En la sesión del jueves pasado, varios ministros enfatizaron que las discusiones se estaban volviendo repetitivas, problema alentado por el hecho de que los ministros Salvador Aguirre y Margarita Luna están en contra del criterio mayoritario y por tanto siguen debatiendo contra sus colegas.
Los tres casos que todavía serán resueltos en el Pleno son:
-Un amparo promovido por Carlos Fidel Abrego Flores, militar acusado de alterar la escena del crimen y sembrar armas en el lugar en que soldados asignados a la Policía de Nuevo León mataron al civil Otilio Cantú, en abril de 2011.
-Amparo promovido por Martín Ovando Rueda, un militar acusado en 2010 por privación ilegal de la libertad.
-El caso del sargento segundo José Félix Flores Camacho, procesado por homicidio culposo, ya que manejaba un camión del Ejército durante un accidente en el Estado de México en octubre de 2007, en el que hubo tres muertos y cuatro lesionados.
El expediente de Flores Camacho es distinto a todos los demás que vio la Corte, que estaban en las instancias iniciales del juicio, porque en su caso ya existe sentencia condenatoria confirmada por el Supremo Tribunal Militar.
Entre los amparos que el Pleno de la Corte ya no discutirá, sino que irán a las Salas de la Corte o a tribunales colegiados, destacan seis promovidos por trece soldados acusados de trasladar 928 kilos de cristal y 30 kilos de cocaína del DF a Tijuana, en marzo de 2011, así como el caso del capitán segundo Luis Modesto Hernández, señalado por gestionar desde Cancún la liberación de dos supuestos secuestradores del Cártel del Golfo detenidos en Nuevo León en julio de 2011.
El Pleno ya tampoco revisará el amparo del Coronel Elfego Luján y varios subordinados, procesado por homicidios y destrucción de cadáveres cometidos en Chihuahua.

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